viernes, 31 de agosto de 2012

Haberes acumulados y no transferidos

Los jubilados BNA del ANSES residentes en España y otros países que realizaron últimamente el pedido de transferencia de haberes jubilatorios a sus cuentas en el exterior, una vez operativo el sistema, se encontraron con la novedad que Banco Nación no transfiere los haberes acumulados en las cuentas jubilados durante los meses en que duró el trámite y por lo tanto quedan esos dineros “bloqueados” allí. Solicitamos, a la autoridad que corresponda, que se implemente alguna solución de fondo para todos los casos y que tengan la amabilidad de comunicárnosla para que la publiquemos y hagamos llegar tranquilidad a nuestros jubilados.
Por el momento sabemos que, en algunos casos aislados se solicitó una solución a la sucursal donde el jubilado tiene la cuenta de caja de ahorro receptora de los haberes en Argentina. De allí respondieron que se encargaría del trámite la sección Comercio Exterior la que a su vez envió una serie de formularios para que el jubilado los firme apersonándose en la sucursal Madrid. Una vez llenos y enviados pasó un mes y se recibieron los fondos. La cuenta de origen fue cerrada. Por otro lado por supuesto el departamento Jubilaciones al Exterior continúa transfiriendo los haberes mensuales.
Este sistema podría ser la solución a los demás casos pendientes. Lo publicamos para que los interesados procedan a solicitarlo cada uno a su sucursal.

miércoles, 29 de agosto de 2012

BENEFICIARIOS del I.S.S. de LA PAMPA EN EL EXTERIOR

Santa Rosa, junio de 2012
Sr/a. beneficiario/a:
Nos comunicamos con Ud. con motivo de la Comunicación A n° 5294 del BCRA que dispuso “con vigencia a partir del 03.04.12 inclusive, que los retiros de moneda extranjera con el uso de tarjetas de débito locales desde cajeros automáticos ubicados en el exterior, deberán ser efectuados con débito a cuentas locales del cliente en moneda extranjera” por la cual todas aquellas personas que residan en el exterior y tengan cuentas locales en pesos tienen imposibilitado realizar extracciones desde cajeros automáticos ubicados en el exterior del país.
Para poder realizar retiros en efectivo de su haber jubilatorio, en el país donde Ud. reside, deberá solicitar la apertura de una cuenta bancaria a su nombre en ese país, si aún no la tiene, que permita acreditar transferencias de sus haberes a efectuar por este Instituto, las que tendrán un costo de u$s 20,00 + IVA,  e informar a este Instituto los datos de dicha cuenta utilizando la nota “Modelo para informar al ISS datos de la cuenta en el exterior”, la que deberá estar debidamente certificada.
Asimismo, por única vez, podrá solicitar la transferencia del saldo de su cuenta previsional en pesos, proveniente de los haberes previsionales acreditados por el ISS desde la vigencia de la Com. “A” 5294, mediante la utilización del formulario “Instrucción de Transferencia al Exterior por el Beneficiario” que se acompaña. Esta transferencia está sujeta a los siguientes costos: Mensaje SWIFT: U$S 10 y comisión transferencia: 0.10 % (Min: U$S 25.- Max: U$S 250.-)
Para mayor información visite la página web del ISS de La Pampa http://www.isslapampa.gov.ar/index.php?ida=3&idc=1207 
o envíe un e-mail a liquidaciones@sps.isslp.gov.ar.

El INSTITUTO PREVISIÓN SOCIAL de Bs.As. CONTESTÓ

Ante nuestra pregunta de qué trámite o gestión deben realizar los jubilados del IPS residentes en el exterior para recibir sus haberes, el IPS contestó:
A los jubilados del IPS residentes en el exterior:
Atento a su inquietud, les comunicamos que deberán adherirse al pago por transferencia al Banco Comafi S.A.
Si tienen apoderado, el mismo deberá acercase al Banco Comafi, solicitar la Planilla de adhesión, enviársela, que el jubilado la llene, la firme y la certifique.
Luego el apoderado deberá presentar dicha solicitud en el IPS, para que el jubilado pueda cobrar por el Banco Comafi S.A.
Saludos Atte.
Centro de Contacto -Victoria
----- Original Message ----- From: <consultas@ips.gba.gov.ar>
To: <consultas@ips.gba.gov.ar>
Sent: Monday, August 27, 2012 2:55 PM
Subject: JUBILADOSARGENTINOS@YAHOO.ES

sábado, 18 de agosto de 2012

Beneficiarios de Caja de Jubilaciones de Santa Fe. Percepción de haberes en el exterior

De acuerdo a las nuevas directivas del Banco Central de la República Argentina -que entraron en vigencia desde el 03/04/2012- los jubilados y pensionados que se encuentren en el exterior, para seguir percibiendo sus haberes, deben:

1 - Beneficiarios incluidos en la Clave de Pago 200

a) Abrir una caja de ahorro (en dólares o euros) a nombre del titular del beneficio previsional, en una entidad bancaria de la ciudad en donde reside
b) Comunicar los datos de la caja a la Contaduría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, indicando:

•Apellido y nombre del beneficiario
•Lugar de residencia (domicilio actualizado)
•Banco en el que abrió la Caja de Ahorros en el cual se efectuará la transferencia del beneficio previsional.
•Tipo de moneda en la cual deberá efectuarse la transferencia (solamente: Euros o Dólares)
•Código IBAN (Internacional Bank Account Number) en original, certificado por la entidad bancaria, embajada o consulado.
•Swift Address ó Bic-Code en original, certificado por la entidad bancaria, embajada o consulado.
•Certificado de supervivencia del titular del beneficio, en original. El mismo se deberá enviar cada tres meses: marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año.
•Fotocopia del documento de identidad, certificada por la entidad bancaria, embajada o consulado.
2 - Beneficiarios no incluidos en la Clave de Pago 200

Si un beneficiario radicado en el exterior no comunicó a este organismo dicha situación, en forma previa, deberán realizar una nota dirigida a la Dirección de la Caja solicitando percibir su beneficio previsional en el exterior, y luego seguir los pasos indicados en el punto anterior.

3 - Fondos disponibles en las Cajas de Ahorro al 03/04/12

Quienes tengan fondos depositados en las Cajas de Ahorro al momento de la entrada en vigencia de la comunicación por parte del Banco Central, para posibilitar su transferencia a la nueva cuenta abierta en el exterior de conformidad a la operatoria señalada, deberán remitir una nota a la Caja de Jubilaciones y Pensiones solicitando que se arbitre -a través del Nuevo Banco de Santa Fe- la transferencia de los fondos existentes a la nueva cuenta abierta en el exterior. En dicha nota se deberá:

a) Solicitar la transferencia del saldo a la nueva cuenta abierta en el exterior
b) Detallar en su caso la información de la cuenta nueva que será verificada por la Caja.
c) Dejar constancia que la transferencia se realizará a la cotización de la moneda –dólares o euros- del día en que se realice la misma.
d) El costo de la comisión será descontada de los fondos existentes en la caja de ahorro anterior.
e) En todos los casos la persona que autorice la transferencia de los fondos existentes deberá tener cumplimentado la apertura de la cuenta nueva en el exterior.

JUBILADOS Y PENSIONADOS SANTAFESINOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

 A partir del 03 de abril de 2012 el Banco Central de la República Argentina mediante la Comunicación A 5294 ha restringido las extracciones desde cajeros automáticos del exterior sobre cuentas en pesos radicadas en Argentina.
Si usted es Jubilado o Pensionado de ANSES y reside en el exterior el Nuevo Banco de Santa Fe pone a su disposición un contacto exclusivo para atender sus inquietudes sobre esta normativa. +54 - 0341 - 4294911