miércoles, 29 de agosto de 2012

BENEFICIARIOS del I.S.S. de LA PAMPA EN EL EXTERIOR

Santa Rosa, junio de 2012
Sr/a. beneficiario/a:
Nos comunicamos con Ud. con motivo de la Comunicación A n° 5294 del BCRA que dispuso “con vigencia a partir del 03.04.12 inclusive, que los retiros de moneda extranjera con el uso de tarjetas de débito locales desde cajeros automáticos ubicados en el exterior, deberán ser efectuados con débito a cuentas locales del cliente en moneda extranjera” por la cual todas aquellas personas que residan en el exterior y tengan cuentas locales en pesos tienen imposibilitado realizar extracciones desde cajeros automáticos ubicados en el exterior del país.
Para poder realizar retiros en efectivo de su haber jubilatorio, en el país donde Ud. reside, deberá solicitar la apertura de una cuenta bancaria a su nombre en ese país, si aún no la tiene, que permita acreditar transferencias de sus haberes a efectuar por este Instituto, las que tendrán un costo de u$s 20,00 + IVA,  e informar a este Instituto los datos de dicha cuenta utilizando la nota “Modelo para informar al ISS datos de la cuenta en el exterior”, la que deberá estar debidamente certificada.
Asimismo, por única vez, podrá solicitar la transferencia del saldo de su cuenta previsional en pesos, proveniente de los haberes previsionales acreditados por el ISS desde la vigencia de la Com. “A” 5294, mediante la utilización del formulario “Instrucción de Transferencia al Exterior por el Beneficiario” que se acompaña. Esta transferencia está sujeta a los siguientes costos: Mensaje SWIFT: U$S 10 y comisión transferencia: 0.10 % (Min: U$S 25.- Max: U$S 250.-)
Para mayor información visite la página web del ISS de La Pampa http://www.isslapampa.gov.ar/index.php?ida=3&idc=1207 
o envíe un e-mail a liquidaciones@sps.isslp.gov.ar.

El INSTITUTO PREVISIÓN SOCIAL de Bs.As. CONTESTÓ

Ante nuestra pregunta de qué trámite o gestión deben realizar los jubilados del IPS residentes en el exterior para recibir sus haberes, el IPS contestó:
A los jubilados del IPS residentes en el exterior:
Atento a su inquietud, les comunicamos que deberán adherirse al pago por transferencia al Banco Comafi S.A.
Si tienen apoderado, el mismo deberá acercase al Banco Comafi, solicitar la Planilla de adhesión, enviársela, que el jubilado la llene, la firme y la certifique.
Luego el apoderado deberá presentar dicha solicitud en el IPS, para que el jubilado pueda cobrar por el Banco Comafi S.A.
Saludos Atte.
Centro de Contacto -Victoria
----- Original Message ----- From: <consultas@ips.gba.gov.ar>
To: <consultas@ips.gba.gov.ar>
Sent: Monday, August 27, 2012 2:55 PM
Subject: JUBILADOSARGENTINOS@YAHOO.ES