domingo, 7 de agosto de 2016

¿Puede recibirse el primer pago jubilatorio en el exterior? Habiendo gestionado en Argentina.

Hola; mi nombre es Marcelo, resido en Madrid desde el 2001.
He comenzado a tramitar mi jubilación en Argenrina.
Mi hijo, que reside allí, está apoderado para la gestión.
Ante algunos inconvenientes, consulté con un abogado, a quien aun no he otorgado poder.
Este abogado me plantea que para cobrar la primera jubilación debo viajar.
Quiero aclararles que en el ANSES ya tengo declarada mi dirección en Madrid.
Consulté a Bco.Nación, sucursal Madrid, y me dijeron que no era así, que podía cobrarla directamente en Madrid.
Podrían Uds. aclararme esta duda?
Muchas gracias.
Marcelo

12 comentarios:

MONICA GALLEANO dijo...

Acabo de conocer este blog. Con respecto al cobro de los argentinos en el exterior, vivo en la República Dominicana, no hay sucursales de Banco Nación aquí. Cómo debo hacer para poder cobrar en un banco local?

Humberto G. (Administrador) dijo...

Mónica Ud. por encontrarse en un país que no tiene convenio de Seguridad Social con Argentina debe hacer el trámite llamado "Ausencia del País" que puede ver en
http://www.anses.gob.ar/prestacion/ausencia-del-pais-y-reingreso-107
Leer con atención y preguntar las dudas al ANSES
Tenga presente y no confunda que el formulario Carta Poder debe llenar dos juegos uno para el Banco Nación (Poder para cobrar) y el otro para su apoderado (Poder solo para tramitar)
También tenga presente que habrá dos bancos involucrados 1) El banco que transfiere desde Argentina - Banco Nación y 2) Su banco en R. Dominicana con su cuenta que recibirá el dinero.

Unknown dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Raúl dijo...

Marcelo, según entiendo la información facilitada por la sucursal en Madrid del Banco Nación es la correcta.

En mi caso particular aunque la jubilación está concedida en base al convenio hispano-argentino, me vi obligado a viajar y gestionar ante la UDAI convenios internacionales en Buenos Aires, pero por problemas ajenos a la forma o lugar de pago.

En ningún momento se me pidió un número de cuenta en Argentina, sino que el primer pago (que abarcaba algunas) y a partir de ahí todos los pagos mensuales los he ido recibiendo en una cuenta abierta para jubilacions en la mencionada sucursal.

Esta cuenta, precisamente por su finalidad, no tiene ningún tipo de cargo, pero con la salvedad de que no puede tener ningún tipo de cotitulares, aunque sí se acepta la figura de la "firma autorizada" para participar en su gestión.

Espero que mi comentario te sea de utilidad. Intenta consultar nuevamente pidiendo aclaración a tus dudas en el Banco Nación.

Saludos cordiales

Raul dijo...

Perdón, en el texto entre paréntesis lo correcto era decir "incluía algunas retroactividades)

Anónimo dijo...

Marcelo, mi nombre es Ana yo residía en España al jubilarme en el 2009.
Mi apoderada y mi abogada cobraron el primer pago en Argentina y luego como di poder al Banco Nación Sucursal Madrid siempre he cobrado a través de él.
Rellené los formularios del poder al Banco cuando presenté los papeles de iniciación de trámite y no he tenido nunca inconveniente alguno.

Anónimo dijo...

Actualmente resido em San Pablo-Brasil. Tengo mi dirección en Buenos Aires porque tuve que realizar algunos trámites años atrás.
Como existe Banco Nación en San Pablo, yo tendría como hacer el cambio de domicilio después de jubilarme personalmente en ANSES, y recibir aqui via Banco Nación sin problemas?
Agradezco mucho si puede aclararme esta duda.

Humberto G. (Administrador) dijo...

Anónimo de Brasil: Su trámite se llama "pedido de transferencia de haberes al exterior" NO ES "Cambio de boca de pago"
El banco Nación puede o no estar en su ciudad o país. Eso, en general no importa. El NACION solo es nombrado apoderado para cobrar y transferir al exterior. Ud. debe tener una cuenta exclusiva solo a su nombre en cualquier banco brasileño, allí le transferirán los pagos.
Lea en el blog los pasos a dar.

Mónica dijo...

Acordaron mi jubilación en el mes de marzo, mi hija es mi apoderada y cobró la primera vez en Argentina, el siguiente pago se haría a fin de mayo, pero todavía no he cobrado aquí en España a pesar que figura en el comprobante de pago que el mismo se haría en España.El banco Nación de Arg dice que los pagos ya fueron transferidos, y el BN suc Madrid me dicen que aun no hay nada, que hay demoras. Por la experiencia de otros jubilados, que me pueden decir, ¿cuánto tiempo se demora el primer cobro en España?
Gracias.
Mónica

Humberto G. (Administrador) dijo...

Mónica doy por supuesto que su hija o Ud. realizaron la gestión de pedido de transferencias de haberes al exterior y dio poder para cobrar al Banco Nación e indicaron los datos de su cuenta en Europa para que le transfieran,etc. etc. ???
El próximo paso sería que Ud. o su hija entre en la pagina de ANSES en ¿dónde cobro? con su CUIL y allí si todo está OK debe decir el mes que cobra y BANCO NACION EXTERIOR.... sino dice EXTERIOR la cosa pinta mal.... significa que Ud. está formalmente continúa cobrando en Argentina o sea que no le transfieren al exterior.

Norma dijo...

Mónica, acuérdese que el Banco Nación apoderado exterior solicita supervivencia 2 veces al año: Enero y Julio. A su vez, su hija debería presentarse en el Anses y solicitar el formulario PS.6.5 Reclamo de haberes Impagos (pago inmediato) que será presentado (por su apoderada) al Banco Nacion Ap Exterior para que complete la cantidad de dinero que Anses le giró y que han quedado sin percibir (por falta de supervivencia). El banco carga en dicho formulario el monto impago y luego hay que llevarlo a Anses donde se hará un pequeño expediente y le entregarán a su hija unas impresiones de pantalla que junto con la supervivencia se presentará en el Bco Nación y luego de 60 días se le acreditará el retroactivo que le deben. El mes en curso se habilitará con la presentación de la supervivencia. Parece complicado pero dígale a su hija que los empleados del Anses la van a guiar para que pueda hacer el trámite. Espero le sirva la explicación. Saludos

Humberto G. (Administrador) dijo...

Norma ¿es Ud. gestora o abogada? Es Ud.la Dr. Norma C.?
Ud. responde sobre una gestión de haberes retenidos por causa de no envío de supervivencia. En qué momento Mónica comunicó esa información?